martes, 13 de noviembre de 2012

AETR Informa: Sentencia sobre la Administración de Contrastes por parte de los TER/TSID


AETR Informa: Sentencia sobre la Administración de Contrastes por parte de los TER/TSID


Documento en PDF: AETR Informa Sentencia.
Web de la AETR.


El Tribunal Superior de Justicia de Vitoria-Gastéiz dicta sentencia sobre la administración de contrastes


Como recordarán, el Colegio de enfermería de de Vitoria- Gastéiz presentó demanda contra la administración de contrastes por parte del TER/TSID. La sentencia que obtuvimos en primera instancia fue favorable para nuestro colectivo y desestimándose la pretensión del colegio de enfermería.

En esta primera sentencia podemos extraer afirmaciones tan claras como:

"En conclusión, considerando que la administración de contrastes se efectúa como preparación del paciente para un posterior diagnóstico y eventual tratamiento, se debe entender que siempre y cuando se efectúe en las condiciones legales establecidas, es decir, como preparación a técnicas diagnósticas radiológicas y bajo la dirección y supervisión facultativas, la práctica de administración de contrastes es legalmente realizable por los TER, ya que se trata de la realización de un procedimiento técnico para los que los TER están capacitados en virtud de su formación y especialidad".

Ante estos planteamientos tan precisos, el colegio de enfermería recurrió la sentencia en el año 2009. Recientemente se ha notificado la sentencia al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dónde se resuelve el recurso y se ratifica la primera sentencia:

"Pues comparte el Tribunal que basta acudir la Orden Ministerial de 14 de junio de 1984 donde expresamente se dice que los técnicos especialistas serán habilitados para realizar, bajo dirección y supervisión facultativa las siguientes actividades: Art. 4. 3. "Colaboración en la obtención de muestras y realización de los procedimientos técnicos y su control de calidad, para los que están capacitados en virtud de su formación y especialidad". Y que se debe entender que siempre y cuando se efectúe en condiciones legales establecidas, es decir, como preparación a técnicas diagnósticas radiológicas y bajo la dirección y supervisión facultativas, la práctica de administración de contrastes es legalmente realizable por los TER, ya que se trata de la realización de un procedimiento técnico para los que los TER están capacitados en virtud de su formación y especialidad.

Todo lo cual conlleva la desestimación de recurso de apelación".

La resolución de este recurso es un importante paso para los técnicos en radiología y por ello les animamos a seguir trabajando con esta profesionalidad en los centros de trabajo.

Asuntos Jurídicos ATER.

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